Como asesoría fiscal en Gijón, afrontamos la campaña de la renta 2024 con la certeza de que nuestros clientes desean evitar sobresaltos y a la vez optimizar su declaración para no perder ningún beneficio aplicable. En este año 2024, se avecina una de las campañas más extensas de los últimos años y además viene con novedades.
Plazos para la declaración de la Renta del ejercicio 2023
Esta campaña de la renta correspondiente al ejercicio 2023, se caracteriza por la extensión en cuanto a sus plazos, pues empieza muy pronto. Para muchas contribuyentes, además, esta campaña se puede prolongar aún más en el tiempo debido a los plazos otorgados por la administración para tramitar la documentación y proporcionar una respuesta. De hecho, los plazos de resolución pueden extenderse hasta finales de diciembre, según los casos.
En cuanto al plazo para hacer la declaración de la renta 2024, a través de los diferentes medios proporcionados por la Agencia Tributaria, no es único. Existen 3 tipos de plazos principales:
- Desde el 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024: Este es el período completo de la campaña para presentar la declaración de la renta a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
- Desde 7 de mayo hasta el1 de julio de 2024: Es el plazo en el que se puede realizar la presentación a través del teléfono, mediante un agente tributario con el que se ha concertado una cita previamente (La solicitud de cita debe hacerse entre el 29 de abril y el 28 de junio).
- Desde 3 de junio hasta ek 1 de julio de 2024: Son las fechas que disponen los contribuyentes para la confección y presentación de su declaración anual de la renta de forma presencial, directamente en una oficina tributaria, tras haber agendado una cita previa (Esta solicitud de cita deberá hacerse entre el 29 de mayo y el 28 de junio).
Para acceder a la presentación de la renta por teléfono o de manera presencial, se deben cumplir ciertos requisitos. En primer lugar no debe ser una «renta complicada», es decir, que no se obtengan ingresos externos al rendimiento de trabajo, existan múltiples pagadores, o se trate de trabajadores autónomos, cuyo tratamiento de los gastos deducibles o régimen fiscal puede añadir complejidad a su declaración.
¿Por qué complicarse la vida haciendo una declaración de la renta?
En el caso de las declaraciones más estandarizadas no suele haber problema. La propia Agencia Tributaria nos facilita la gestión, como hemos visto. Y es que estamos ante una modalidad pensada para aquellos contribuyentes que vayan a declarar rendimientos del trabajo más o menos estables. En caso de percibirlos de diferentes pagadores o de declarar otro tipo de rendimientos como las rentas procedentes del alquiler o activos financieros, estas modalidades no son viables. Aquí es donde se hace imprescindible recurrir a la figura del asesor fiscal o gestor financiero de confianza.
En Gesfinsa, ofrecemos servicios de asesoría fiscal en Gijón basados en el trato directo y la atención personal porque sabemos que es preciso conocer la situación de cada persona de primera mano. No basta con rellenar casillas o formularios. Hay que tener una visión global de la situación familiar, patrimonial y financiera de las personas y examinar todos los posibles beneficios, exenciones y deducciones aplicables a su caso.
¿Ya no puedo presentar mi declaración de la Renta 2024 en papel?
Después de varias diferencias entre la Agencia Tributaria y los tribunales, este será el primer año en que exclusivamente se podrá presentar la renta por medios digitales o con cita previa telefónica o presencial. Es decir, ya no se admitirán las declaraciones realizadas por el contribuyente y presentadas mediante el correspondiente impreso. Las declaraciones de la renta en papel desaparecen definitivamente a partir de este año. Ya solo se podrán presentar online o, como hemos visto, por teléfono o de manera presencial. En estos casos, ante un técnico que haga la presentación online por nosotros.
Esto supone un duro golpe para aquellos que más acusan la brecha digital, muy especialmente los mayores. En estos casos, de nuevo, las asesorías fiscales y tributarias, desempeñan un papel crucial. En Gesfinsa, siempre encontrarán una asesoría fiscal en Gijón próxima y cercana. A pie de calle y de los problemas del día a día de quienes se ven superados por la doble complejidad que supone el tratamiento de los impuestos en España con su jerga indescifrable para muchos, unido a los problemas de las nuevas tecnologías.
Cómo acceder al borrador la Renta 2023
Para acceder al borrador de la Renta 2023 es necesario el número de referencia o acceder a su expediente. Esto se puede hacer con el DNI electrónico, Cl@ve o certificado digital. Pero como en otros años, para quienes no disponen de estos medios digitales, se podrá obtener la referencia con el número de cuenta y también con la casilla 505 de la declaración del año anterior, en este caso Renta 2022.
Cuándo puedo revisar mis datos fiscales
Como casi todos saben, Hacienda lo sabe todo y lo que no sabe se lo imagina. Pero al menos, podemos preguntarle lo que sabe de nosotros. La consulta de los datos fiscales que la Agencia Tributaria almacena en sus bases de datos y se podrá hacer ya a partir del próximo 19 de marzo. Es importante que estos datos coincidan con los que se vayan a introducir en la declaración de la renta para evitar posibles investigaciones al no ser los mismos. Si hay discrepancias, consulte a su asesor fiscal, pues deberán poder justificarse adecuadamente y realizar las gestiones pertinentes para ello.
Es importante tener en cuenta tanto los alquileres como todas las operaciones de compra venta que se hayan realizado durante el ejercicio 2023 tanto de inmuebles como de vehículos. Os recordamos que Gesfinsa es una asesoría de referencia para tramitar el cambio de nombre de vehículos en Gijón pues realizamos la transferencia con todos sus trámites. También hay que prestar atención a las rentas del capital invertido. Y a la percepción de otros ingresos extraordinarios como posibles indemnizaciones, premios, herencias,..etc. Todo eso y muchas cosas más deberán ser revisadas por el asesor.
¿Quiénes están obligados a presentar la declaración de la Renta en 2024?
En general, todos los trabajadores por cuenta propia o ajena están obligados a realizar la declaración de la Renta. Sin embargo, existen algunas excepciones en aquellos que son trabajadores por cuenta ajena. Específicamente, si te encuentras en las siguientes situaciones, no estarás obligado a presentar la renta 2023:
- Los trabajadores que ingresen menos de 14.000 euros de dos o más pagadores.
- Los trabajadores que ingresen menos de 22.000 euros de un solo pagador.
Sin embargo, es interesante siempre realizar el borrador, incluso si no se está obligado a hacerlo ya que en algunos casos podría salir a devolver. Y de la otra manera, si el borrador indica un pago y estás seguro de que no estás obligado a ello, puedes ignorarlo ya que el borrador no te compromete a presentar obligatoriamente la renta.
Es importante destacar que todos los autónomos, independientemente de sus ingresos, están obligados a presentar la declaración de la renta. Ya que este será el documento que se utilizará para regularizar la cantidad de dinero que se deberá pagar mensualmente en concepto de cuota a la Seguridad Social.
Tramos de IRPF aplicables en las declaraciones de 2024
La cantidad de dinero que se paga en concepto de IRPF está ligada a los ingresos netos de cada contribuyente. Contemplando no solo los ingresos por salario, sino también ingresos por alquileres, inversiones, herencias, y otras fuentes.
En cada nómina se retiene una parte correspondiente a este impuesto, pero es en este momento cuando se llevará a cabo la regularización con la Agencia Tributaria. Esto implica que, si durante todos estos meses has abonado en exceso en cada nómina de acuerdo con tus ingresos, ahora te van a reembolsar el excedente. Y si por el contrario, has pagado de menos debido a ingresos adicionales aparte de la nómina, deberás abonar un suplemento. Es crucial considerar todas las deducciones aplicables para intentar acceder a un tramo más favorable.
Para esta campaña, los tramos que se aplicarán son los siguientes:
- Para ingresos de 0 hasta 12.450 euros: retención del 19%.
- Para ingresos de 12.450 hasta 20.199 euros: retención del 24%.
- Para ingresos de 20.200 hasta 35.199 euros: retención del 30%.
- Para ingresos de 35.200 hasta 59.999 euros: retención del 37%.
- Para ingresos de 60.000 hasta 299.999 euros: retención del 45%.
- Para ingresos de más de 300.000 euros: retención del 47%.
En resumen, la declaración de la renta en 2024, como todos los años requiere atención y cuidado para asegurar el cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales. En GESFINSA, estamos comprometidos a brindarte el apoyo y la orientación necesarios para llevar a cabo este trámite de manera eficiente y precisa. No dudes en contactarnos para obtener asesoramiento personalizado y garantizar que tu declaración de la renta se realice sin contratiempos. ¡Estamos aquí para ayudarte!